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El derecho a la educación de las personas desplazadas, los niños/niñas refugiados y apátridas

Resolución del 7º Congreso Mundial

publicado 25 julio 2015 actualizado 21 octubre 2024
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El Congreso constata:

1. Que muchos países se ven afectados por conflictos armados, a veces recurrentes;

2. Que en algunos países, las guerras civiles causan divisiones a causa del origen étnico, la religión o la afiliación política;

3. Que muchas personas y familias huyen de su país en un intento por protegerse de los conflictos;

4. Que de los 51,2 millones de personas desplazadas por la fuerza que hay en el mundo, la mitad no alcanza los 18 años;

5. Que los datos estadísticos recabados por ACNUR confirman que los conflictos y las persecuciones forzaron a una media diaria de 32 000 personas a abandonar sus hogares y buscar protección en otros lugares, tanto dentro como fuera de las fronteras de sus países;

6. Que los países en desarrollo acogen al 86% de las personas refugiadas y desplazadas del mundo, pero a menudo carecen de los recursos o de la infraestructura necesarios para satisfacer sus necesidades, entre las que se encuentra el acceso al alojamiento, al agua, a la alimentación y a la vestimenta;

7. Que las condiciones de vida de estos refugiados/as suelen ser generalmente dramáticas (campamentos proporcionados por las ONG);

8. Que los niños desplazados se encuentran en una situación de riesgo desproporcionada de ser víctimas de trabajos forzosos, matrimonio infantil, explotación sexual, violencia y reclutamiento por parte de milicias armadas;

9. Que a muchos niños desplazados se les niega incluso el acceso a los niveles de educación más básicos;

10. Que los niños/niñas que nacen apátridas, así como los niños/niñas que llegan a un país extranjero debido al exilio sus padres suelen ser particularmente vulnerables en lo que concierne a sus derechos.

El Congreso considera asimismo:

11. Que hace más de 100 años la Cruz Roja reconoció el derecho a recibir asistencia sanitaria en zonas de conflicto, pero que aún no se ha conseguido que se reconozca el derecho de las personas refugiadas a la educación;

12. Que los gobiernos nacionales son los principales responsables de garantizar los derechos de los niños desplazados;

13. Que el desplazamiento puede durar años o incluso una vida entera y en muchos casos, los niños desplazados crecen sin haber recibido ningún tipo de educación a lo largo de su vida;

14. Que, en un contexto en el que los niños huyen de los conflictos o de los desastres naturales, la educación a menudo se considera un “lujo” y no una prioridad para estos niños;

15. Que el éxito de la campaña de la Internacional de la Educación “Unámonos por la Educación Pública” depende de los esfuerzos nacionales e internacionales para proteger el derecho a una educación de calidad para los niños más vulnerables del mundo, entre los que están los refugiados y los desplazados.

El Congreso cree:

16. Que la educación es un derecho humano que deberían poder ejercer todas las personas, incluyendo las desplazadas por conflictos o desastres naturales;

17. Que la educación hace posible la comprensión y el respeto del Otro, desempeñando así un importante papel en la prevención de la violencia y el conflicto;

18. Que los gobiernos nacionales y la comunidad internacional deberían tener la obligación explícita de garantizar que este derecho sea una realidad para todos los niños y jóvenes;

19. Que los países más ricos deberían contribuir en mayor medida a lograr que se cumplan las metas de sus compromisos y obligaciones internacionales en relación con las necesidades de los niños refugiados y desplazados, entre las que se encuentra el acceso a la educación.

El Congreso decide:

20. Continuar avanzando en los ideales, las metas y los objetivos de la campaña de la IE “Unámonos por la Educación Pública” en interés de los niños refugiados y desplazados; velando por que el problema de la lengua de enseñanza no sea un obstáculo para los refugiados/as;

21. Continuar proporcionando apoyo y asistencia a las organizaciones miembros situadas en países con un gran número de niños refugiados y desplazados;

22. Mantener la presión sobre los gobiernos nacionales y las instituciones internacionales para que den prioridad a la asistencia financiera para la educación de las personas refugiadas y desplazadas dentro de sus propios países, especialmente en los países que tienen una frontera común con un Estado en situación de conflicto y acogen a un número muy importante de estas personas.

23. Trabajar con las afiliadas, ACNUR y otras organizaciones socias para prestar asistencia a las personas refugiadas para que puedan desarrollar las habilidades y el conocimiento necesarios, y planificar actividades y acciones que promuevan la autosuficiencia y la coexistencia pacífica sostenible.