El Tercer Congreso de la Internacional de la Educación (IE) reunido en Jomtien, Tailandia, del 25 al 29 de julio de 2001:
La Internacional de la Educación afirma:
1. Los derechos y libertades del personal docente de enseñanza superior tal como han sido definidos en la Recomendación relativa a la condición del Personal Docente de la enseñanza superior de la UNESCO;
2. El importante papel de todo el personal de enseñanza superior que contribuye por medio de su labor, a la difusión del conocimiento, el logro de objetivos sociales y económicos, y la búsqueda de la innovación y las nuevas ideas;
3. La responsabilidad del personal que trabaja en instituciones de de desempeñar su labor de manera que los beneficios de la enseñanza superior estén disponibles para todos;
Sin embargo, la Internacional de la Educación nota:
4. Una erosión de la libertad académica, particularmente en el derecho de los académicos a desarrollar la enseñanza, la investigación y el conocimiento sin injerencia alguna, y su responsabilidad de promover la labor universitaria como elemento crítico y consciente de la sociedad;
La Internacional de la Educación considera que esto es producto de una serie de factores convergentes, incluyendo:
5. El aumento del apoyo de las universidades en todo el mundo en corporaciones y otras formas de financiamento privado;
6. La erosión de la titularidad y otras formas de empleo permanente;
7. El fracaso de los gobiernos nacionales en la observancia y la aplicación de los derechos y libertades del personal de enseñanza superior enunciados en la Recomendación de la UNESCO;
8. La ausencia hasta la fecha de un informe del Director General sobre la situación mundial de la libertad académica, como lo manda el Artículo 75 de la Recomendación de la UNESCO;
Por tal motivo, la Internacional de la Educación debe:
9. Continuar entablando discusiones con la OIT sobre los acuerdos internacionales que sirvan para promover y proteger los derechos y libertades expresadas en la Recomendación de la UNESCO relativa a la condición del personal docente de la enseñanza superior, y para proteger los derechos y libertades de todo el personal de enseñanza superior;
10.Organizar una conferencia donde participen representantes de las organizaciones afiliadas de la IE, los gobiernos nacionales, y las ONG (incluyendo la UNESCO) para revisar la aplicación del documento (incluyendo la publicación de informes sobre la libertad académica de los Estados Miembros) y formular una estrategia que asegure una mayor eficacia.