Ei-iE

Internacional de la educación
Internacional de la educación

Después que el Parlamento Europeo votase a favor del Acuerdo Económico y Comercial Global entre Canadá y la Unión Europea, los educadores continuarán oponiéndose a este tratado que amenaza con erosionar la educación pública.

Aunque el Parlamento Europeo aprobó el 15 de febrero el Acuerdo Económico y Comercial Global (AECG, más conocido como CETA por sus siglas en inglés) entre Canadá y la Unión Europea, el acuerdo aún tendrá que recorrer un tortuoso camino hasta que los 38 parlamentos nacionales o regionales de los Estados miembros se decidan a ratificarlo.

No obstante, pese a que el CETA requiera aún la ratificación de esos parlamentos nacionales y regionales, gran parte del contenido del acuerdo será provisionalmente de aplicación a partir del 1 de abril de 2017.

Preocupaciones sindicales

Las Federaciones Sindicales Europeas, incluido el Comité Sindical Europeo de la Educación (CSEE), región europea de la Internacional de la Educación, habían instado a los miembros del Parlamento Europeo a no ratificar el CETA durante la votación en plenaria el 15 de febrero. Las preocupaciones del movimiento sindical siguen siendo las mismas pese al resultado de la votación:

• Los servicios públicos están incluidos en el CETA, mientras que haría falta que queden explícitamente excluidos del ámbito de aplicación del acuerdo

• El enfoque de ‘lista negativa’ para los compromisos respecto a servicios y la inclusión de mecanismos de ‘moratoria’ y de ‘trinquete’. Estas cláusulas servirán para fijar la liberalización presente y futura, limitando por lo tanto cualquier futuro esfuerzo por parte de los Gobiernos para ampliar la regulación o volver a nacionalizar servicios, incluso en aquellos casos en que las liberalizaciones del pasado hayan demostrado ser un fracaso y cuando redunde en bien del interés público retomar la prestación pública de dichos servicios

• Restricciones en cuanto a las obligaciones de servicio universal en las empresas de servicios públicos, pese a que dichas obligaciones resulten necesarias para garantizar a los ciudadanos el acceso universal a los servicios públicos

• El Sistema de Tribunales de Inversiones contiene disposiciones para la protección de las inversiones de amplio alcance.Los inversores tendrán derechos especiales frente a otros grupos de la sociedad, pudiendo demandar a los Gobiernos por políticas que amenacen sus beneficios o intereses comerciales

• Deficientes disposiciones en cuanto a derechos humanos, incluyendo los derechos de los trabajadores/as.

Las exenciones no están claras

Específicamente en cuanto a los servicios públicos, las Federaciones Sindicales Internacionales subrayan que aunque “los Anexos del CETA incluyen una serie de limitaciones para la salud pública, la educación y otros sectores de los servicios públicos, estas limitaciones solo proporcionan un escudo limitado para los servicios públicos, al estar delimitados por la llamada ‘financiación pública’, un término que no está comprendido en las disposiciones del Tratado de la UE”.

Subrayan que no se establece una línea clara entre los servicios financiados o prestados por instancias públicas o privadas, y sigue sin estar claro hasta qué punto se aplicarían estas excepciones partiendo de dicho término. En su opinión, una excepción adecuada abarcaría los servicios públicos independientemente de cómo estén financiados y suministrados, y debería favorecerse la protección del ‘interés general’.

“La UE y sus Estados miembros están abriendo efectivamente la puerta a los prestadores con fines de lucro extranjeros y están ampliando nuevos derechos a los inversores privados, que van más allá de cualquier compromiso comercial”, recalcan.