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The defence of trade union rights and the right to organise

La defensa de los derechos sindicales y del derecho de sindicación

publicado 27 noviembre 2024 actualizado 28 noviembre 2024
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El 10º Congreso Mundial de la Internacional de la Educación (IE), reunido en Buenos Aires, Argentina, del 29 de julio al 2 de agosto de 2024:

Hace constar que:

  1. como representantes de sindicatos del personal de la educación a nivel mundial, nos unimos para defender los derechos fundamentales del personal de la educación en todo lugar, incluido su derecho a sindicalizarse y participar en organizaciones gremiales.

El Congreso cree que:

  1. estos derechos son fundamentales para el bienestar del personal de la educación, para fomentar una educación de calidad, así como para el desarrollo de sociedades sostenibles a nivel mundial. No obstante, manifestamos nuestra profunda preocupación ante la creciente ofensiva contra los derechos sindicales, que pone en riesgo los cimientos de nuestra profesión y los derechos del personal de la educación internacionalmente.
  2. históricamente, los sindicatos han sido pilares decisivos en la defensa de los derechos e intereses del personal de la educación a escala mundial. Luchando por salarios justos y condiciones laborales decentes, y promoviendo políticas educativas inclusivas, los sindicatos siempre han estado en primera línea, procurando un entorno propicio para la enseñanza y el aprendizaje.

El Congreso cree, además, que:

  1. a pesar de su papel esencial, los sindicatos continúan enfrentando graves desafíos en el desempeño de sus misiones y ataques a su legitimidad en distintos países y regiones.
  2. en la solidaridad entre el personal de la educación a nivel mundial frente a los crecientes ataques contra los derechos sindicales. Al actuar unidos, pueden lograr que sus voces se escuchen con más fuerza, y defender políticas en aras del respeto a la dignidad y los derechos inherentes a su profesión.

El Congreso observa que:

  1. los principales indicadores de violaciones de los derechos laborales en el Índice Global de los Derechos de 2023 señalan que se han alcanzado máximos sin precedentes. Nueve de cada diez países vulneraron el derecho de huelga, el 77% de los países excluyeron a las personas trabajadoras del derecho a establecer o afiliarse a un sindicato, y el 42% de los países restringió el derecho a la libertad de expresión y reunión. Hay un aumento de medidas legales y reglamentos adoptados por los Gobiernos que dificultan o impiden el pleno ejercicio del derecho a la huelga.
  2. en Irán, más de 230 docentes fueron detenidos por participar en las manifestaciones nacionales del Primero de mayo de 2022, reprimidas por las fuerzas de seguridad armadas a golpes y con detenciones de sus participantes.
  3. Mbongwa Dlamini, presidente de la Swaziland National Association of Teachers (SNAT), se vio obligado a exiliarse tras recibir amenazas por parte de las fuerzas de seguridad, luego de que su sindicato convocara una huelga el 8 de agosto de 2022. En octubre de 2022, el Gobierno suspendió sin justificación el salario de Dlamini y rechazó implementar un sistema de descuento directo de las cuotas de los miembros recién afiliados a SNAT.
  4. en el Reino Unido, las prácticas antisindicales, los intentos de limitar legalmente el derecho de huelga, incluido en el sector educativo, y la vulneración de los convenios colectivos se han vuelto sistemáticos.
  5. en Argentina, el nuevo Gobierno implementó medidas para restringir el derecho a la protesta social, la libertad de expresión, y para limitar el derecho a peticionar ante las autoridades gubernamentales.

El Congreso condena:

  1. todas las formas de ataques contra los derechos sindicales, como medidas legislativas, acciones administrativas y propaganda antisindical, que se están produciendo en diversos países del mundo. Estos ataques socavan los derechos fundamentales del personal de la educación, y amenazan la integridad de la profesión docente.

El Congreso acoge con satisfacción:

  1. la publicación por parte de la IE del Manual de Derechos Sindicales, cuyo objetivo es proporcionar a los sindicatos de la educación las herramientas necesarias para formular denuncias cuando sus derechos sean vulnerados y defender sus casos basándose en los derechos fundamentales de la comunidad internacional.

El Congreso insta a:

  1. los Gobiernos y organizaciones internacionales a defender y hacer cumplir las normas internacionales del trabajo, como el derecho a la libertad sindical y a la negociación colectiva, consagradas en los convenios de la Organización Internacional del Trabajo (OIT). Estas normas son fundamentales para proteger los derechos de los trabajadores y las trabajadoras, incluido el personal de la educación, y garantizar unas condiciones de trabajo justas y equitativas a nivel global.
  2. la comunidad internacional, incluyendo Gobiernos, organizaciones internacionales y grupos de la sociedad civil, a respaldar a los sindicatos de la educación en su lucha por defender los derechos sindicales y promover una educación de calidad para todos y todas. La acción colectiva resulta fundamental para salvaguardar los derechos del personal de la educación y garantizar la prosperidad futura de nuestras sociedades.
  3. Las organizaciones miembros que documenten y denuncien a sistemáticamente las medidas legales adoptadas que impiden y dificultan el derecho a la huelga, así como las estrategias sindicales para contrarrestar dichas medidas.