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Migración, diversidad profesional y racismo

Resolución del 7º Congreso Mundial

publicado 25 julio 2015 actualizado 21 octubre 2024
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El Congreso observa:

1. Que existe pruebas sólidas que demuestran el vínculo existente entre una educación de calidad y la igualdad de prerrogativas y derechos educativos;

2. Que las escuelas, institutos, universidades y demás instituciones educativas desempeñan un papel decisivo a la hora de promover la igualdad y la diversidad y de abordar las desigualdades, incluidas las basadas en la etnia, la religión y la nacionalidad;

3. Que las instituciones educativas contribuyen de manera efectiva a la transformación de la vida y las expectativas de vida, cuando existen en tanto que comunidades inclusivas en las que se salvaguardan y fomentan los derechos y prerrogativas de todos los miembros – personal, estudiantes y otros actores;

4. La excelente labor llevada a cabo por la Internacional de la Educación en defensa de los docentes migrantes y a favor del desarrollo de una estrategia mundial a través del trabajo del Grupo de Trabajo sobre migración docente.

El Congreso señala además:

5. Que la movilidad de los docentes es un fenómeno mundial que requiere un esfuerzo concertado y coordinado para frenar la vulneración de los derechos laborales de los docentes migrantes;

6. Que los docentes migrantes se ven a menudo sujetos a un trato injusto, a la discriminación y al racismo;

7. Que los docentes migrantes también se enfrentan a la explotación por parte de Gobiernos y empleadores y, junto con los trabajadores migrantes de otros sectores, se ven marginados y culpabilizados de problemas sociales generales;

8. Que la política de austeridad económica aplicada en muchos países no ha hecho sino aumentar el grado de discriminación, agraviante inculpación y explotación de los trabajadores migrantes.

El Congreso cree:

9. Que el intercambio de ideas y experiencias entre docentes de diversas nacionalidades y contextos étnicos y religiosos es beneficioso para los sistemas educativos, enriquece los currículos y favorece a los estudiantes;

10. Que los docentes migrantes realizan una contribución necesaria y de vital importancia a la prestación de sistemas educativos de calidad;

11. Que los docentes migrantes deberían disfrutar del derecho a la dignidad en el trabajo, libres de toda forma de discriminación;

12. Que la movilidad docente debería estar respaldada y asistida con arreglo a un marco integrado e internacionalmente reconocido de cualificaciones docentes.

El Congreso decide:

13. Apoyar el trabajo de las organizaciones miembros para la promoción de la igualdad para los docentes migrantes;

14. Seguir apoyando la labor de la Internacional de la Educación en su trabajo con organizaciones supranacionales, como la UNESCO y la OIT, para promover los beneficios de la movilidad docente;

15. Hacer campaña a favor de la igualdad de trato de los docentes migrantes y el personal de apoyo educativo, y poner fin a las acciones poco escrupulosas de determinadas agencias de contratación.