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Internacional de la educación
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OIT: graves violaciones de derecho laboral en Camboya, Etiopía y Fiji

publicado 19 noviembre 2012 actualizado 21 noviembre 2012
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Argentina, Camboya, Etiopía, las islas Fiji, Filipinas y Perú fueron países señalados por el Comité de Libertad Sindical de la Organización Internacional del Trabajo de las Naciones Unidas (OIT). Los miembros del Comité denunciaron casos que atañían al derecho de sindicación y de negociación a través de la negociación colectiva y la participación en el diálogo social, del 1 al 16 de noviembre en Ginebra.

La OIT creó el Comité de Libertad Sindical en 1951 para examinar las quejas sobre violaciones de la libertad sindical, tanto si el país en cuestión había ratificado un convenio internacional o no. Se compone de un presidente independiente, de tres representantes de cada gobierno, de empleadores y de trabajadores.

La IE ya ha presentado más de una docena de quejas ante el Comité, en nombre de sus afiliados.

«El Comité considera que es necesario llamar de manera especial la atención del Consejo de Administración de la OIT sobre los casos de cinco países, debido a la extrema gravedad y a la urgencia de los problemas ocasionados en ellos», expresó el Comité en un informe de 400 páginas que fue presentado en la reunión.

Fiji: el dirigente sindical despedido En relación con las islas Fiji, la IE, su filial TLC y la CSI presentaron una denuncia debido al despido de un dirigente sindical del sector del servicio público de la educación, debido al continuo acoso antisindical y a las injerencias en asuntos internos de los sindicatos. Tevita Koroi, presidente de la Asociación de Docentes de las islas Fiji, fue despedido en 2008.

A raíz de la denuncia de la IE, la OIT ha solicitado, de manera sistemática, al Gobierno que garantice que el dirigente sindical docente se reincorpore inmediatamente a su puesto anterior como director de la escuela, sin perder por ello su sueldo ni sus prestaciones.

En cuanto a la violación de los derechos sindicales por decretos ejecutivos, especialmente dirigida a los funcionarios de la administración pública, la OIT instó al Gobierno a que tomara todas las medidas necesarias para garantizar que los funcionarios públicos gocen de las garantías que se recogen en el Convenio 87 sobre la libertad de asociación.

Asimismo, les instó a que modifiquen los decretos pertinentes sin demora con el fin de garantizar el acceso a los tribunales, y de asegurar que se lleven a cabo consultas previas con los sindicatos pertinentes sobre la legislación propuesta, que afecta a los derechos sindicales.

El Comité de la OIT exigió al Gobierno a que llevara a cabo una investigación independiente sobre las acusaciones de asalto físico, de acoso y de intimidación de algunos dirigentes de los sindicatos y sindicalistas.

Por último, el Comité solicitó al Gobierno de las islas Fiji que «discutiera rápidamente el regreso de una misión de contactos directos de la OIT» hacia el país. El pasado mes de septiembre, el gobierno de las islas Fiji impidió a la OIT llevar a cabo una misión para comprobar las denuncias sobre la falta de libertad de asociación presentada por los sindicatos locales.

Etiopía: sindicato no reconocido El Comité de la OIT también lamentó que la Asociación Nacional de Docentes (NTA por sus siglas en inglés) de Etiopía, miembro de la Internacional de la Educación, aún no se hubiera registrado, a pesar de haber presentado su solicitud de registro hace cuatro años.

La OIT «instó con firmeza al Gobierno a que garantizara que las autoridades competentes registraran a la NTA, con el fin de asegurar plenamente los derechos de libertad sindical de los funcionarios públicos, incluidos los docentes de las escuelas públicas».

Camboya: asesinato de varios dirigentes sindicalistas En lo que se refiere a Camboya, el caso de la OIT  hace referencia a los asesinatos de los dirigentes sindicalistas Chea Vichea, Ros Sovannareth y Hy Vuthy, perpetrados entre 2004 y 2007.

El Comité continuó instando encarecidamente al Gobierno a que tomara medidas para garantizar que los derechos sindicales de los trabajadores de Camboya fueran respetados por completo y que los sindicalistas pudieran ejercer sus actividades en un entorno exento de intimidación y peligro para su seguridad personal y sus vidas, así como las de sus familias.

Perú: acusaciones de asesinato de un dirigente sindicalista El caso de la OIT relativo a Perú se refería a las acusaciones sobre el asesinato de un dirigente sindical en 2008, debido a un enfrentamiento con la policía durante una protesta en el sector minero.

Argentina: trabajadores asesinados En el caso de Argentina, el Comité se enfrentó a un caso en el que cuatro trabajadores fueron asesinados y  otras dos personas resultaron heridas durante el desalojo de más de 500 trabajadores, que exigían una vivienda digna en una obra en construcción en Mar del Plata, en el año 2009.

En ambos casos, el Comité recordó la importancia de una investigación judicial inmediata e independiente, con el fin de esclarecer los hechos, de determinar las responsabilidades, de sancionar a los culpables y de evitar que tales actos vuelvan a repetirse.

Grecia: injerencia en la negociación colectiva Por otra parte, el Comité de Libertad Sindical de la OIT examinó la denuncia presentada por los sindicatos griegos relativa a las medidas de austeridad adoptadas en Grecia durante los últimos dos años.

«Aunque somos profundamente conscientes de que estas medidas fueron tomadas en un contexto calificado de grave y de excepcional, ocasionado por una crisis financiera y económica», el Comité consideró que «se produjeron una serie de intervenciones repetidas y amplias en la negociación colectiva libre y voluntaria, y que hubo un déficit importante de diálogo social».

El Comité destacó «la necesidad de fomentar y fortalecer el marco institucional de estos derechos fundamentales clave». El Comité espera que los interlocutores sociales de Grecia participen plenamente en la determinación de las modificaciones adicionales en el marco de los acuerdos con la Troika que afecten a cuestiones fundamentales de los derechos humanos, de la libertad sindical y de la negociación colectiva.