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Resolución sobre el 50° aniversario de la Declaración de los Derechos Humanos de la ONU y del Convenio N°87 de la OIT, relativo a la libertad sindical y la protección del derecho de sindicación

publicado 28 julio 1998 actualizado 31 marzo 2017
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El Segundo Congreso Mundial de la Internacional de la Educación, reunido en Washington D.C. (Estados Unidos) del 25 al 29 de julio de 1998:

Debemos creer en los valores humanos sino no tendremos ningún punto de referencia para dar esperanza a nuestros hijos. Rigoberta Menchú

1. Recuerda que el 10 de diciembre de 1998 se cumple el 50° Aniversario de la adopción de la Declaración Universal de los Derechos Humanos;

2. Recuerda también que en 1998 se cumple el 50° Aniversario de la adopción del Convenio 87 de la OIT relativo a la Libertad Sindical y la Protección del Derecho de Sindicación;

3. Reconoce que desde el año 1948 la Declaración de los Derechos Humanos se ha convertido en el instrumento por excelencia para medir el grado de respeto y cumplimiento de las normas internacionales en materia de derechos humanos y continúa siendo una fuente fundamental de inspiración para todas las acciones nacionales y internacionales que promueven y protegen los derechos humanos y las libertades fundamentales;

4. Nota que la Declaración Universal reconoce la dignidad inherente a la familia humana y que los derechos enunciados en ella son universales, inalienables y recíprocos, y proveen un abanico de valores comunes a las personas que transcienden las fronteras y las diferencias culturales;

5. Reconoce la importancia de las diferencias nacionales y regionales pero rechaza la idea utilizada por gobiernos autoritarios y paternalistas quienes sostienen que el concepto de libertad en algunas regiones del mundo difiere del enunciado en la Declaración universal de los Derechos Humanos o, que algunos pueblos estén preocupados sólo por los derechos económicos y todavía no están listos para ocuparse de las libertades civiles y políticas;

6. Nota que este autoritarismo promueve la represión, e impide cambios significativos y conserva las estructuras del poder y del privilegio;

7. Reafirma que la democracia, el respeto de los derechos humanos y de las libertades fundamentales son interdependientes y se refuerzan mutuamente;

8. Nota que la democracia está basada en la libre expresión de la voluntad de los pueblos, de determinar sus sistemas políticos, económicos, culturales y sociales;

9. Reafirma que es responsabilidad de todos los pueblos, los gobiernos, los individuos y todos los grupos sociales promover los Derechos Humanos y las libertades fundamentales como están enunciados en la Declaración Universal;

10. Reconoce la importancia fundamental de la Declaración Universal en la protección y promoción de los Derechos Humanos, incluyendo el derecho a la educación;

11. Recuerda el compromiso n° 6 de la Cumbre Mundial sobre el Desarrollo Social que reconoce el papel de la educación en la promoción del desarrollo sostenible, la salud, la justicia social, el respeto de los derechos humanos y la democracia;

12. Reafirma que la educación para los derechos humanos y la democracia es, en sí misma, un derecho y un requisito previo para la consecución plena de la justicia social, la paz y el desarrollo;

13. Nota que la educación para los derechos humanos y la democracia sientan sólidas bases para garantizar la aplicación de los derechos humanos y prevenir su violación;

14. Promueve un proceso educativo democrático y participativo que brinde a los seres humanos y la sociedad civil las destrezas, la confianza, los conocimientos y el poder para actuar plena y libremente en la sociedad para poder mejorar su calidad de vida;

15. Se opone a las directivas de los organismos financieros impulsando la privatización, la desregulación y la supresión de los servicios públicos y del bienestar social en nombre de la reducción del déficit público;

16. Lamenta que prosigan las violaciones a los derechos garantizados por la Declaración Universal;

17. Considera que las violaciones a la Declaración Universal son resultado en particular de:

a. Un aumento de los conflictos regionales, civiles y étnicos;

b. La continuación de la crueldad que representan los crímenes contra la humanidad; c. Las violaciones de los principios de asistencia humanitaria;

d. La negativa a conceder plenos derechos a la mujer; e. La violación de los derechos del niño a recibir educación;

f. la explotación económica de niños y niñas; g. la negación de los derechos de los refugiados.

18. Reconoce la importancia fundamental del Convenio n° 87 de la OIT para la existencia de los sindicatos de la educación y la promoción de los derechos de todos los que trabajan en la enseñanza;

19. Reconoce que gobiernos autoritarios continúan cometiendo violaciones contra el Convenio n° 87 de la OIT al no permitir la existencia de organizaciones cuando no las controlan;

20. Nota que aún 45 países no han ratificado el Convenio 87 de la OIT;

21. El Congreso hace un llamado a la IE y a sus organizaciones afiliadas para que:

a. renueven su compromiso con los ideales enunciados en la Declaración de los Derechos Humanos y del Convenio 87 de la OIT; b. promuevan la adhesión y el cumplimiento de los derechos garantizados en la Declaración Universal de los Derechos Humanos; c. busquen, mediante una campaña con la CIOSL y los SPI, la ratificación del Convenio 87 de la OIT por todos los estados;

d. fomenten las políticas que promuevan la igualdad y la justicia social en todos los niveles intergubernamentales y nacionales;

e. trabajen activamente en la Comisión de Derechos Humanos de la ONU y en la OIT para fortalecer el papel de ambas organizaciones y su impacto en las políticas dirigidas a la promoción de los derechos humanos;

f. renueven esfuerzos para incorporar la educación de los derechos humanos como componente integral de toda educación.